Este viernes 20 de octubre comenzó a regir la veda electoral a lo largo y ancho del país. La misma se extenderá hasta el cierre de los comicios que se llevarán a cabo este domingo.
La veda contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación.
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El Código Electoral indica que el día de la elección está prohibido publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21. Es decir, durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.
“Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral“, sostiene la normativa.
Entre las actividades abarcadas por la veda se menciona la prohibición de realizar actos de campañas por parte de los candidatos presidenciales.
También se encuentra prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo.
Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” va desde los 2 meses a los 2 años de cárcel, mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión”.
Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.