Heladas tardías: el Gobierno provincial lanzó una línea de crédito para los productores

Será de hasta 500 mil pesos por productor, siempre y cuando su propiedad no supere las 20 hectáreas. Tiene una tasa del 25% anual y se devuelve en 21 meses y con 12 meses de gracia.

El Gobierno de Mendoza lanzó una línea de crédito para los productores afectados por las heladas. Será de hasta 500 mil pesos por persona, siempre y cuando su propiedad no supere las 20 hectáreas. Tiene una tasa del 25% anual y se devuelve en 21 meses y con 12 meses de gracia. 

Pueden pedir este beneficio quienes hayan sufrido daños superiores al 50% en su producción. 

Un dato, no menor, tiene que ver con que, durante los 12 meses de gracia estipulados en el marco de la línea, los beneficiarios no deberán pagar intereses, como sabe ocurrir en otros casos.

Sobre los requisitos para acceder, desde la cartera económica afirmaron: “Se les solicitará un bono de sueldo como garantía (también se podrá acceder presentando una garantía propietaria), estar al día con la Administración Tributaria Mendoza (ATM), para ello se solicitará el libre de deuda emitido por la entidad recaudadora y no ser deudor alimentario”.

En caso que el solicitante tenga una deuda en la Administración Tributaria Mendoza (ATM), podrá solicitar acceder a la línea de financiamiento siempre y cuando cuente con un comprobante que acredite que dicha deuda se encuentra en vías de cancelación a través de un plan de pagos.

Es importante aclarar que, para pedir el crédito, cada solicitante deberá haber realizado la correspondiente denuncia ante la Dirección de Contingencias Climáticas (DCC).

La entidad será quien otorgue a partir de este 15 de diciembre los certificados provisorios por los daños denunciados.

Una vez recabada toda la información, cada productor, con el asesoramiento del IDR, deberá cargar la documentación a través del Sistema Tickets Mendoza para su evaluación y seguimiento.

Beneficios para el sector

Todos los productores inscriptos en el Registro de Uso de Tierra (RUT) que acrediten daños en su producción gozarán, durante el período que dure el estado de emergencia, de la eximición de la obligación de pago del impuesto inmobiliario, de los cánones de riego (superficial y subterráneo) por un valor igual al 50% de la factura correspondiente y de una prórroga de hasta 90 días para los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos provinciales, sin que ello origine recargos, intereses ni actualización monetaria.

Asimismo, las instituciones financieras oficiales o mixtas locales brindarán líneas de créditos que permitan la continuidad de las explotaciones, la recuperación de las economías de los productores afectados y el mantenimiento de su personal estable, con tasas de interés bonificadas, a un año de gracia y plazo de pago que no podrá ser inferior a tres años.

En tanto, las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica deberán establecer, con el solo hecho de la presentación del Certificado de Emergencia Agropecuaria, una bonificación del 25 por ciento en las facturas correspondientes a energía eléctrica utilizada para riego agrícola.

Además, se deberán suspender por hasta 90 días hábiles de finalizado el período de Emergencia Agropecuaria la iniciación de juicios y procedimientos por cobros de acreencias vencidas con anterioridad a la emergencia, referidas únicamente a los impuestos y servicios. Los juicios ya iniciados deberán paralizarse y quedarán suspendidos los cursos de los términos procesales, de la caducidad de instancia y de la prescripción y se suspenderá por hasta 90 días hábiles la obligatoriedad de validación prevista en el artículo 185 del Código Fiscal de la provincia de Mendoza.

El artículo 13 de la mencionada ley señala además que la Administración Tributaria Mendoza (ATM) y el Departamento General de Irrigación (DGI) deberán emitir al productor la correspondiente factura con la eximición de pago por el período que dure la Declaración de Emergencia Agropecuaria. Lo propio deberá hacer el Departamento General de Irrigación mediante planes de pago especiales para el cobro del 50% restante de la factura correspondiente.

A su vez, la autoridad de aplicación, antes del 31 de diciembre pondrá en conocimiento de las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica la nómina y la identificación de cada uno de aquellos establecimientos agrícolas inscriptos en el Registro del Uso de la Tierra (RUT) que hayan certificado daños, a los efectos de que cada repartición otorgue los beneficios contemplados.

Informes

Todos aquellos interesados en acceder a la línea, podrán acceder a mayor información enviando un correo electrónico a financiamiento@idr.org.ar o bien a través del mail info@idr.org.ar

También pueden comunicarse en cada una de las delegaciones que la entidad tiene en el territorio provincial:

  • San Rafael: Valentín Alsina 445. Contacto: 2604438054.
  • Sede Valle de Uco: Hipólito Irigoyen 703, Tunuyán. Contacto: 2622578810.
  • Sede Este: Viamonte al 1000, San Martín. Contacto: 2616409028.
  • Sede Central, al correo: info@idr.org.ar. Contacto: 261 6407395.

Fuente: Prensa Gobierno de Mendoza

Artículos Relacionados

Volver al botón superior