Una nueva disposición abarca a las empresas que tengan más de 100 empleados. En este caso, estas instituciones deberán contar con guarderías que estarán disponibles para los hijos de los trabajadores que tengan entre 45 días y tres años.
La implementación de esta medida no es nueva, sino que viene del año 1974. El decreto 144/2022, publicado este miércoles, retoma lo expuesto por el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), sancionada en la década del 70.
“En los establecimientos de trabajo donde presten tareas 100 personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, se deberán ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años de edad, que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada de trabajo”, establece la normativa.
Además, “se tendrán en cuenta tanto las y los dependientes del establecimiento principal, como aquellas y aquellos dependientes de otras empresas, en tanto presten servicios en el establecimiento principal”.
La norma sostiene que para los trabajadores que se encuentren dentro de un mismo parque industrial, podrán disponer “la implementación de los espacios de cuidado de manera consorcial dentro del radio mencionado”. Además, podrán “subcontratar la implementación de los espacios de cuidado”.
El Poder Ejecutivo estableció que en los Convenios Colectivos de Trabajo podrá preverse el reemplazo de la obligación de contar con los espacios para niños “por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados”. Lo mismo aplica también a las personas que se encuentren bajo la modalidad de teletrabajo, más comúnmente conocido como Home Office. El monto a reintegrar no podrá ser inferior al 40% del salario mensual.
En el decreto se afirma también que las guarderías deben estar cerca del trabajo de los padres de los niños. De hecho, se sostiene que “no deberán encontrarse a no más de DOS (2) kilómetros del lugar de prestación de tareas”.
El decreto fue firmado por el presidente Alberto Fernández, el Jefe de Gabinete Juan Manzur, el Ministro de Trabajo Claudio Moroni y la Ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad Elizabeth Gómez Alcorta.
Es importante aclarar que desde el gobierno les dan el plazo de un año a las empresas paraq ue se amolden a esta nueva situación. De lo contrario, advirtieron que “se considerará en el ámbito de la Jurisdicción Nacional una infracción laboral muy grave en los términos del artículo 4º del Anexo II de la Ley Nº 25.212 que ratifica el Pacto Federal del Trabajo”